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La narrativa del "Cártel de los Soles" funciona hoy como un campo de batalla geopolítico: Washington lo consolida jurídicamente como red criminal-terrorista dirigida por Nicolás Maduro, mientras Caracas, Petro y otros actores la presentan como un instrumento de guerra híbrida y cambio de régimen más que como un cártel clásico con estructura unificada. En medio, la evidencia judicial disponible muestra una mezcla incómoda de condenas individuales por narco-terrorismo y narcotráfico, pero sin una sentencia que certifique en tribunales la existencia de un aparato criminal formal encabezado por el presidente venezolano.
De "narcocartel" a "organización terrorista"
En 2025 el Departamento del Tesoro sancionó al Cártel de los Soles como entidad vinculada al terrorismo, descriéndolo como un grupo criminal con sede en Venezuela y "encabezado" por Nicolás Maduro y altos mandos militares que dan apoyo material a organizaciones como el Tren de Aragua y el Cartel de Sinaloa. Poco después, el Departamento de Estado notificó su inclusión como Organización Terrorista Extranjera (FTO), con entrada en vigor el 24 de noviembre de 2025, elevando la narrativa desde el narcotráfico hacia la seguridad nacional y el contraterrorismo.
La designación FTO se inserta en una estrategia ya usada con otros actores criminales transnacionales: amplía el rango de herramientas legales contra Venezuela y sus élites, desde la presión financiera hasta el eventual uso del lenguaje de "objetivos legítimos" en un escenario de escalada. La respuesta oficial venezolana ha sido tajante: califica estas medidas como una "patranya" y "ridícula fabricación", negando la existencia de un cártel estructurado y denunciando un intento de justificar sanciones más duras e incluso opciones militares bajo la bandera antiterrorista.
Pruebas judiciales y el límite de la narrativa
En el plano probatorio, las condenas más sólidas apuntan a exfuncionarios que se movieron durante años dentro del ecosistema chavista y militar. El exgeneral Clíver Alcála Cordones recibió en 2024 una sentencia de más de 21 años de prisión en Nueva York por brindar apoyo material a las FARC y contribuir a enviar cocaína hacia Estados Unidos, en un caso donde la fiscaluría lo describió como parte de una red que utilizó instituciones venezolanas para facilitar el negocio.
De forma similar, el exjefe de inteligencia Hugo "El Pollo" Carvajal se declaró culpable en junio de 2025 por conspiración de narcoterrorismo, importación de cocaína y delitos de armas, reconociendo colaboración con las FARC en protección de cargamentos y suministro de armamento, con un potencial de pena que llega hasta cadena perpetua. Sin embargo, a nivel de cúpula política actual no existen sentencias condenatorias contra Maduro o Diosdado Cabello: lo que hay son acusaciones penales, ofertas de recompensa millonarias y sanciones basadas en inteligencia, lo cual mantiene la discusión en el terreno de la evidencia clasificada y la construcción discursiva más que en un veredicto judicial definitivo sobre un "cártel" estatal moníltico.
Petro, la "junta del narcotráfico" y la disputa regional
En este tablero, Gustavo Petro se ha convertido en una de las voces más desafiantes de la narrativa estadounidense. En agosto de 2025 afirmó en X que "el cartel de los soles no existe", definiéndolo como una "excusa ficticia de la extrema derecha" para derribar gobiernos que no obedecen a Washington y proponiendo en cambio la idea de una "junta del narcotráfico" regional en la que participan mafias colombianas y grupos como el Clan del Golfo y disidencias de las FARC.
Más que negar la penetración del narcotráfico en estructuras estatales, Petro desplaza el foco desde Caracas hacia una gobernanza criminal transnacional, insistiendo en que los problemas venezolanos deben resolverse con diálogo interno y no mediante demonización externa. Esta postura lo alinea parcialmente con el discurso venezolano y contribuye a bajar el tono de la escalada colombo-venezolana, pero también lo coloca en tensión abierta con la lógica de Washington, que exige reconocer al Cártel de los Soles como maquinaria central del tráfico hacia el norte.
"Cártel" o sistema de corrupción estatal
Una clave analítica para salir del blanco-y-negro la ofrece el trabajo de observatorios especializados: investigaciones citadas por medios internacionales recogen la tesis de Insight Crime y otros expertos que describen al Cártel de los Soles menos como un cártel vertical al estilo Sinaloa y más como un sistema de corrupción extendida, una red de nodos militares-políticos-criminales cohesionados por la promesa de impunidad del régimen. En esta lectura, la crisis económica venezolana y los bajos salarios de fuerzas de seguridad habrían incentivado a que sectores militares negocien rutas y protección a cambio de rentas ilícitas, con el poder político actuando más como regulador y beneficiario que como "jefe de plaza" clásico.
Esa caracterización matizada permite entender por qué el término "cártel" es atacado desde Caracas y Bogotá, pero al mismo tiempo por qué numerosos expedientes judiciales, reportajes periodísticos e informes de ONG dibujan un patrón de connivencia sistémica entre aparato estatal y economías ilegales. El uso del rótulo "organización terrorista" sobre un entramado de corrupción y narcotráfico estatal híbrido, más difuso que piramidal, responde entonces tanto a necesidades jurídicas de Washington como a una lógica de presión política y simbólica sobre un gobierno que ya vive bajo régimen de sanciones amplias.
Efectos estratégicos: sanciones, aislamiento y guerra híbrida
La inscripción del Cártel de los Soles en la lista FTO implica tres efectos duros: convierte en delito el "apoyo material" —financiero, logístico o tecnológico— a cualquier persona o entidad asociada, endurece la inadmisibilidad migratoria y obliga al sistema bancario estadounidense a bloquear activos y transacciones vinculadas. Para empresas y bancos que operan o tienen exposición a Venezuela, esto eleva de inmediato el costo de cualquier interacción con instituciones estatales consideradas capturadas por la red, reforzando el aislamiento económico del país.
Desde Caracas, esta arquitectura es leída como capítulo de una guerra híbrida más amplia: una combinación de sanciones, campañas mediáticas, acusaciones de narco-terrorismo y amenazas veladas de intervención que buscan empujar fracturas internas en la Fuerza Armada y legitimar internacionalmente un eventual escenario de cambio de régimen. En esa lógica, el "Cártel de los Soles" deja de ser solo una categoría criminal y se convierte en un dispositivo narrativo de alta intensidad, donde cada nuevo juicio, informe o declaración presidencial se usa como munición en un conflicto que ya no se libra solo en las selvas de la frontera y las rutas de cocaína, sino en tribunales federales, consejos de seguridad y, ahora, también en las listas globales de terrorismo.
La Narrativa del Cártel de los Soles: ¿Pretexto Político o Realidad?

expansión de la esclavitud y apoyaban una tarifa proteccionista, subsidios federales para mejoras internas y una ley de residencia. Los demócratas secesionistas aseguraron prácticamente la elección de Lincoln y esto a su vez convenció a los sureños que tenían que hacer un esfuerzo para lograr la independencia en lugar de quedar aislados políticamente.
La prolongación de la guerra y el paso del tiempo hasta nuestros días no jugaron a favor del Sur de EE.UU, lamentablemente para el resto de Suramérica tampoco. Mientras en 1863, el Norte se encontraba en una situación de prosperidad económica debido a que exportaba grano a Europa y sus fábricas producían al máximo rendimiento, los estados del Sur de Estados Unidos, padecían todos los sufrimientos derivados de la guerra civil de aquella época y su economía, basada en el monocultivo o la mono producción, como lo es hoy en día para Latinoamérica y el Caribe; estaba en quiebra: no se vendía ni se recogía algodón, existía una fuerte carestía de alimentos básicos y una peligrosa escasez de hierro.
Las fortalezas de aquel EE.UU cuyo mayor desarrollo tecnológico e industrial, así como su mayor población, pesó desde el principio, pero especialmente según la guerra se prolongaba: su potente industria y su economía saneada, le permitió mantener un suministro estable de armamento.
Por el contrario, el Sur tuvo que lidiar desde el principio con graves problemas de abastecimiento armamentístico, no en vano, antes de la guerra, la mayoría de las fábricas de armas del país se hallaban en las zonas industriales del Norte. Tal situación le llevó a depender básicamente del contrabando de armas. En consecuencia, los soldados de la Confederación a menudo estaban dotados con sus propias armas caseras o las que iban recogiendo en el campo de batalla, y con frecuencia, no tenían ni un uniforme decente que ponerse. Por otro lado, el desarrollo industrial del Norte le permitió disponer de una densa y eficaz red de transporte basada en el ferrocarril, que hizo posible, en poco tiempo y con pocos costes, el traslado masivo de tropas y todo tipo de suministros, mientras el uso sistemático del telégrafo permitió agilizar las comunicaciones en el frente y con la retaguardia. En el Sur, por el contrario, la débil infraestructura ferroviaria dificultaba el transporte de las tropas y los suministros. A esta situación habría que añadir el control de los grandes ríos y el bloqueo marítimo ejercido por la flota de guerra del Norte sobre los principales puertos del Sur, ejerciendo un control absoluto de las aguas del Golfo de México y el Atlántico, e impidiendo a la Confederación seguir exportando sus productos agrícolas, que eran la base de su economía. En este sentido, hay que resaltar que fue durante la Primera Guerra Civil Americana; donde este tipo de prácticas genocidas se utilizaron de manera generalizada por primera vez. Y que en la actualidad se le aplica a naciones como Venezuela para conseguir con esto la asfixia, muerte sistemática y progresiva de su población para hacerse así de los recursos económicos de la nación conjuntamente con el cambio de Régimen Político.
Nota Final: Las imágenes utilizadas para ilustrar este artículo; son de exclusiva propiedad de su autor original. Las hemos utilizado aquí por mero uso ilustrativo, y sin ningún tipo de ánimo de aprovechamiento de lucro o con intenciones de quitarle los derechos a sus autores.
¿EL IMPERIO CONTRAATACA O NUNCA HA DEJADO DE ATACAR?
La primera impresión cuando se escucha la idea de “regulación de contenidos” lleva a pensar en un recorte de la libertad de expresión. Mas aún tratándose Internet de un medio que, dada su naturaleza, ha sido un espacio difícil de controlar. Un espacio donde la libre expresión está protegida, como señala Lawrence Lessig, por la propia arquitectura de la red.
A pesar de esta dificultad, los contenidos de la red pueden ser sujetos a regulación. El propio Lessig considera entre los mecanismos de regulación a la publicación, el acceso y la distribución.
La primera está referida a que el contenido obtiene credibilidad en función de la publicación, es decir, el soporte institucional que lo aloja.
La segunda se refiere a la posibilidad de excluir y hacer que solo algunas personas puedan visualizar un contenido específico.
Y finalmente, la tercera se refiere al acceso a los canales de distribución de dicho contenido.
Queda claro que las razones para regular contenido dependen del contexto cultural dentro del cual se da la regulación: lo que es considerado una expresión artística en un lugar, puede ser considerado como ilícito (incluso maligno) en otro contexto socio-cultural.
En este sentido una regulación que busque proteger a un grupo humano eliminando cierto tipo de contenido podría, en el extremo, estar decretando la desaparición de una expresión cultural determinada. A pesar de este riesgo -o quizás porque existe- la regulación de contenidos se hace necesaria para proteger a grupos humanos considerados vulnerables (por ejemplo, mujeres, niños, niñas y jóvenes) o para evitar agresiones a grupos minoritarios y excluídos.
El problema ahora es ¿cómo hacerlo? Existen diversos niveles de prohibición aplicable al contenido ilícito.
La prohibición de creación de contenido se aplica por ejemplo al contenido racista o a la apología del terrorismo pero existe otro tipo de contenido, tal como la pornografía infantil, donde no sólo la creación está prohibida sino también su uso.
Finalmente, hay otro tipo de contenido cuya distribución indiscriminada está prohibida, mas no su creación ni su uso. Es este último grupo de contenido el que alberga el problema más grande (desde el punto de vista de la regulación) dado que constituye aquello que es suficientemente dañino como para controlarlo pero no para prohibirlo: es un área gris en la amplia frontera entre la libertad de expresión y la propagación de contenido dañino o peligroso.
Aquí encontraremos contenido sutilmente racista o xenófobo, contenido que expresa violencia contra la mujer, los niños y niñas y los adultos mayores, entre otros. En éste ámbito la intervención del Estado para regular no ha demostrado ser eficaz, ni mucho menos eficiente.
En Perú, la Ley 28119 (1) prohíbe el acceso de los niños a material pornográfico en Internet. Para ello se obliga a los propietarios de las cabinas públicas de acceso a Internet (cybercentros) a que instalen “software especial de filtro y bloqueo” o a implementar “cualquier otro medio que tenga como efecto impedir la visualización de las citadas páginas.” La ley otorga a los municipios la obligación de supervisar su cumplimiento, lo cual ha originado un conjunto de ordenanzas municipales que establecen antojadizas restricciones para el acceso en términos de espacio (grupo de computadoras exclusivas para menores) y tiempo (horarios restringidos) como si éstas garantizaran efectivamente el objetivo. Por otra parte, la ley descuida el punto relativo a la protección de los niños y las niñas en sus propias casas (o en las de sus amistades) donde dicha prohibición resulta insuficiente ya que el hogar constituye un espacio del ámbito privado. Este límite obliga a la regulación a salir a la búsqueda de otros instrumentos. De hecho este es el mismo límite que impulsó la necesidad de regular los contenidos de los medios masivos de comunicación como la radio y la TV, por ser considerados como “intrusos” en los espacios privados.
Por ello valdría la pena observar cómo ha evolucionado la regulación de contenidos difundidos a través de la televisión, que inicialmente estaban sometidas a comités de censura y que, en la actualidad y en un importante grupo de casos, cuentan con esquemas de auto-regulación, etiquetado y filtrado de contenidos.
En Perú, la Asociación Nacional de Anunciantes y el Consejo de la Prensa Peruana han establecido consejos de autorregulación, persiguiendo el cumplimiento de principios tales como legalidad, decencia, veracidad y lealtad, garantizando el derecho de réplica.
Desde el lado de los consumidores y las consumidoras, varias organizaciones de la sociedad civil vienen impulsando la entrega de premios a quienes producen contenido no discriminatorio: tal es el caso de Flora Tristán que promueve el Premio Anual Fem-TV (2) destinado a “la publicidad que mejor exprese el avance de las mujeres en la sociedad y promueva relaciones más equitativas entre hombres y mujeres”.
Por otro lado, también son exponentes de esta tendencia el antipremio Sapo-TV, dedicado a la publicidad más machista y sexista” y el premio a la “Cabina más segura” (3), iniciativa impulsada por la organización social Acción por los Niños en el 2006.
Para el caso de la televisión, la ley 29.278 establece que la programación debe ser clasificada por el emisor, de forma tal que puedan o no ser transmitidos dentro del horario de protección al menor. Sería posible pensar que los componentes de una regulación efectiva de contenidos en Internet pasa fundamentalmente por la clasificación o etiquetado de los contenidos y las fuentes de los mismos, de forma tal que sean los propios consumidores y las consumidoras quienes compartan su opinión sobre los contenidos, al tiempo que establecen sus propios perfiles de consumo.
Iniciativas tales como la Internet Watch Foundation (4) facilitan que los consumidores y consumidoras denuncien sitios con contenido ilegal y que dichos sitios sean filtrados por los proveedores de acceso a Internet usando servicios tales como Cleanfeed, muy utilizado en el Reino Unido y Canadá.
No se debe cerrar esta reflexión sin ver en el desarrollo de capacidades humanas la otra cara de la misma moneda, ya que la población se vuelve más vulnerable a contenidos agresivos precisamente cuando cuenta con menores capacidades y herramientas para defender sus derechos. De allí la responsabilidad de impulsar programas de alfabetización digital e informacional que le cabe a los Estados, no sólo pensando en el uso que se hace de las tecnologías de información y comunicación sino en que dicho uso sea, además, productivo y beneficioso -o al menos no perjudicial- para la población.


